El IVA
15/06/2012Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o IRPF
26/06/2012Agencia Tributaria abrió el plazo para solicitar el borrador de la declaración de la renta de este 2012 el pasado 10 de abril y finalizará la próxima semana, concretamente el día 27 de Junio. ¿Para qué sirve el borrador? Hacienda realiza los cálculos por su cuenta y cada persona debe preocuparse revisar y modificar en caso de que fuese necesario su declaración. Si los datos fuesen correctos solo tendría que confirmar que es así y dar por aprobado el documento. ¿Cómo puedo solicitarlo? Para poder hacerse con el borrador existen varias vías posibles: Se puede acudir personalmente a cualquiera de las oficinas de la Agencia Tributaria. Llamando por teléfono al número 901 12 12 24 (Servicio automático ofrecido por la campaña informativa sobre la declaración de este 2012) se podrá pedir cita previa y además, consultar cualquier duda que tengas respecto a la declaración. Teléfono 24h. O A través de la página web de la AEAT si contamos con un DNI electrónico o un certificado digital para ello. Se podrá realizar a través del programa conocido como Ren0, donde se pide el borrador indicando tu DNI, tu apellidol y el número de la casilla de la renta del año anterior, es decir, la 620. A través de este programa podremos además modificar y/o confirmar nuestra renta vía online. También podrás encontrar la información de cómo hacerlo con este vídeo ¿Qué ocurre si no reviso mi declaración de la renta? Si existe algún error en la declaración de la renta por no haberla revisado bien o directamente haber aceptado lo que Hacienda exponía, caerá sobre nosotros la culpa. Cuando confirmas tu declaración debe ser veraz y cualquier fallo que tenga lo estás aceptando. Si existiesen dudas a la hora de hacer la revisión lo mejor que se puede hacer es buscar un asesor quela revise o pedir una cita con la Agencia Tributaria a través de los métodos explicados anteriormente.]]>