Cómo pagar menos impuestos en la próxima Declaración de la Renta
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27/12/2013Desde Antelo-Mencheta Consultores Auditores, recopilamos las claves para acogerse al IVA de caja, según el cual no se paga el impuesto hasta que se cobra la factura. Estas claves están planteadas según algunas de las principales cuestiones que se encuentran en la guía elaborada por la Asociación Española de Asesores Fiscales.
1. ¿Cuál es la normativa del nuevo Régimen especial del criterio de caja en el IVA?
El régimen, conocido como RECC, fue aprobado por la Ley de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, Ley 14/2013, de 27 de septiembre, y se ha desarrollado reglamentariamente en el RD 828/2013, de 25 de octubre, por el que se modifica, entre otros reglamentos, el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
2. ¿En qué consiste el RECC para el empresario acogido al mismo? ¿Es cierto que el empresario «no tiene que pagar el IVA hasta que no cobra la factura»?
El RECC consiste en un criterio de caja doble, es decir, el empresario acogido al RECC verá retrasado el devengo del impuesto y, con ello, la declaración e ingreso del IVA que el empresario repercuta a sus clientes hasta el momento del cobro.
Asímismo, el empresario verá retrasada la posibilidad de deducir el IVA que soporte en sus adquisiciones hasta el momento en que efectúe el pago a sus proveedores. En ambos casos existe un límite temporal: el empresario deberá ingresar el IVA repercutido o podrá deducirse el IVA soportado, correspondiente al precio no cobrado o no pagado, total o parcialmente, el 31 de diciembre del año siguiente a aquel en el que se realizó la operación.
3. ¿Quiénes pueden acogerse al RECC?
Pueden acogerse todos los empresarios y profesionales, personas físicas o jurídicas, que sean sujetos pasivos del IVA, que realicen actividades económicas y que, en el año natural anterior al que deseen aplicar el RECC, no hayan superado los 2 millones de euros en volumen de operaciones, ni hayan cobrado, de un mismo cliente, más de 100.000 euros en efectivo.
4. ¿Es obligatoria la aplicación del nuevo RECC?
No, el RECC no es obligatorio, es un régimen opcional al que podrán acogerse libremente los empresarios y profesionales, siempre y cuando cumplan los requisitos establecidos.
5. ¿A partir de qué fecha puede aplicarse el RECC? Desde el 1 de enero de 2014.Guía: Las 60 claves para acogerse al IVA de caja,Datos macroeconómicos, economía y política – Expansión.com
5. ¿A partir de que fecha puede aplicarse el RECC?
A partir del 1 de enero de 2014.
Fuente: EXPANSIÓN y la Asociación Española de Asesores Fiscales
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15. ¿A partir de qué fecha puede aplicarse el RECC? Desde el 1 de enero de 2014.Guía: Las 60 claves para acogerse al IVA de caja,Datos macroeconómicos, economía y política – Expansión.com