Pago de intereses por parte de Pymes y autónomos
05/12/20135 claves para acogerse al IVA de caja
18/12/2013impuestos en la próxima Declaración de la Renta? Según el Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha), “un contribuyente puede estar dejando de ahorrar de media 3.591 euros en su declaración de la renta por no acogerse antes de que termine el año a algunas de las deducciones más comunes y no aprovechar los cambios introducidos en la Ley del IRPF”.
En la estimación de casi 3.600 euros de posible ahorro fiscal ante la declaración del IRPF de 2013, que se presentará en mayo de 2014, hay diferentes partes que garantizan en mayor o menos medida el ahorro fiscal:- La parte fundamental es, siempre según el Sindicato de Técnicos, la correspondiente a las aportaciones a planes de pensiones. Debido a que reducen la base imponible del contribuyente, se rebajan sus ingresos generales y «garantizan “un ahorro fiscal desde un mínimo del 24,75% hasta un máximo del 52% de la inversión realizada».
- La vivienda es otra posibilidad de ahorro importante: con un promedio de 624 euros (amortizaciones adicionales de 4.163 euros), según Gestha. Los contribuyentes que hubieran adquirido su vivienda habitual o realizaran algún pago para su construcción antes del 1 de enero de 2013 mantienen el derecho a la desgravación en el año 2014 (15% sobre un máximo de 9.040 euros) y sucesivos siempre que hubieran deducido por esta vivienda en 2012 o en años anteriores.
- Obtención de ganancias y pérdidas patrimoniales:Desde el pasado 1 de enero, las ganancias obtenidas (venta de acciones, fondos de inversión…) en un plazo inferior a un año tributan en la base general del IRPF (por tanto, hasta por un 56%). Retrasar, aunque solo sea un día, una operación de este tipo directamente supone rebajar la carga fiscal hasta unos tipos fijos, que varían del 21% sobre los primeros 6.000 euros al 25% hasta 24.000 euros y el 27% por encima de esa cantidad.En cuanto a las pérdidas, cada una en su correspondiente plazo, se pueden compensar entre sí. En el caso de las pérdidas a corto plazo, si no hay suficientes ganancias, pueden utilizarse para reducir hasta el 10% del conjunto de rendimientos anuales del particular (y durante cuatro años). Se puede así no solo dejar de tributar por las ganancias, sino también por las rentas. El ahorro puede llegar al 56% de cada 1.000 euros de pérdidas.