Nueva normativa IVA Intracomunitario 2021
13/07/2021Los autónomos cotizarán por sus ingresos reales
12/10/2022Los autónomos podrán beneficiarse de deducciones difíciles de clasificar de hasta un 7 %
El sector de los autónomos no deja de acaparar titulares en los últimos meses. Para empezar, el sistema de cotización va a experimentar una modificación progresiva. Esta se desarrollará desde 2023 a 2025 y se renegociará a partir de esa fecha y hasta 2032. Además, junto a las deducciones ya conocidas, habrá otras que entrarán en el saco de las difíciles de clasificar. ¿En qué consistirán y cuáles son los capítulos desgravables por este concepto? Aquí te lo contamos
Deducciones de autónomos
Las novedades para los trabajadores por cuenta propia incluyen aspectos importantes de las deducciones fiscales. El Gobierno y organizaciones sindicales han alcanzado un acuerdo que contempla modificaciones de calado. Si todo sigue su curso y no hay obstáculos, los cambios estarán vigentes en 2023. La sensación general hace presagiar que, finalmente, hay cierta unanimidad sobre la dirección que debe tomar este colectivo.
Asimismo, el último año ha supuesto un crecimiento del número de personas inscritas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). En enero de 2022, había 55 494 más que en el mismo mes del año anterior.
¿Qué ocurre, entonces, con las deducciones fiscales? Como hasta ahora, seguirán aplicándose al impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) o al impuesto sobre el valor añadido (IVA). Suponen el pago de una menor cantidad de impuestos cuando justificas gastos que van aparejados a tu trabajo como autónomo.
Es decir, son desgravaciones fiscales, que solo son posibles bajo las siguientes premisas:
- Relación con la actividad profesional o económica del trabajador autónomo.
- Justificación del gasto con una factura.
- Registro del desembolso en un libro de gastos e inversiones.
En teoría, cumpliendo estos requisitos se puede deducir un gasto, aunque la Agencia Tributaria puede solicitar información o documentación adicional. De ahí se derivan innumerables dudas sobre lo que se puede o no deducir.
Gastos sin clasificar
¿Qué son los gastos sin clasificar? Las noticias sobre el nuevo sistema de cotizaciones hacen referencia a estas nuevas posibilidades de deducir gastos. Junto a las corrientes y ya conocidas, habrá nuevas opciones. Como autónomo, podrás deducirte hasta un 7 % añadido, catalogándolo como gastos sin clasificar.
Desde el Gobierno aún no se han ofrecido detalles sobre qué tipo de costes se podrán incluir en este capítulo. No obstante, lo más probable es que vayan en la línea que han apuntado algunas organizaciones del sector. Es decir, serán esos consumos o inversiones que, hasta ahora, no se ajustan a lo que, según la normativa, se recogen como tales.
Lo que sí se sabe es que, para los autónomos societarios, el porcentaje será menor. Se podrá desgravar un 3 % como máximo. Este tipo de trabajadores son los que constituyen una sociedad mercantil.
Junto a esto, hay otra cosa que se desconoce. ¿Se podrá deducir la cuota mensual de autónomo o podrá incluirse en este 7 % extra?
Habrá que esperar a que los acuerdos se vayan concretando para ir conociendo más detalles. Lo único que se sabe hasta ahora es que las cuotas se pagarán en función de las ganancias reales. Estas serán menores para los que menos ganen, en términos absolutos. Sin embargo, proporcionalmente, pagarán más los que menos ganan.
Los que ganen más de 6000 euros responderán con una cuota del 10 % de sus rendimientos netos. Los que ganen menos de 670 euros, lo harán con el 30 %. Pese a todo, la nueva tabla de cotizaciones cuenta con el consenso del sector, algo que ha tardado un tiempo en producirse, después de largas negociaciones.
¿Qué se puede deducir un autónomo?
En la declaración de la renta se puede incluir diversos gastos, de manera que se desgraven. Entre ellos están los siguientes:
- Materiales y consumos relacionados con la actividad.
- Salarios de trabajadores.
- Cuotas y seguros sociales, lo que incluye la cuota de autónomo.
- Otros gastos relacionados con personal de la empresa.
- Reparación de dispositivos o máquinas averiadas.
- Mantenimiento de equipos, dispositivos o maquinarias.
- Servicios independientes o de profesionales ajenos a la compañía.
- Impuestos y tasas, como el impuesto de bienes inmuebles (IBI) o el impuesto de actividades económicas (IAE).
- Seguros por enfermedad.
Estos son solo algunos de los posibles capítulos deducibles. Para saber más, es recomendable contar con la ayuda profesional de una asesoría. Con este tipo de servicios, no solo optimizarás tu declaración del IRPF, sino tu contabilidad y gestión, maximizando tus beneficios y rentabilidad.
Por otro lado, hay información completa en la web de la Agencia Tributaria, que puede resultar de gran utilidad.
Sumado a eso, hay gastos que se pueden deducir sobre el IVA, como sueldos, arrendamientos, consumos de explotación, etc. De la vivienda, desgrava el agua, también la luz, el gasto de Internet y el de teléfono. A eso se añaden costes de comidas o médicos.
Como ves, los autónomos van a tener que estar al día sobre todas estas novedades. Para ello, es fundamental contar con asesoramiento profesional para que no se escape ninguna posibilidad de ahorro y de optimización del gasto. Si necesitas más información o ayuda al respecto, contacta con nosotros.